El jubilado ciberestafado será indemnizado

La Cámara Civil y Comercial de La Plata confirmó la sentencia que condenó al Banco Nación por una estafa virtual a un jubilado. Los jueces valoraron que la firma no brindó soluciones a los problemas del bloqueo de la tarjeta del hombre y ello facilitó la tarea de los delincuentes, que aprovecharon para llamarlo y engañarlo.

Un jubilado demandó al Banco de la Nación Argentina pidiendo la nulidad de varias operaciones bancarias realizados en su cuenta sin su autorización, entre las cuales aparecía la toma de un crédito, así como débitos y transferencias realizados.

Según relató, el actor cobraba su jubilación en una cuenta en el banco demandado, de la cual tenía una tarjeta de débito que se había vencido. Por este motivo cuando le renovaron la tarjeta le indicaron como debía habilitarla a través del cajero automático, pero en el intento ambas tarjetas quedaron bloqueadas.

Así fue que el hombre se dirigió al banco para que lo ayuden a desbloquear la tarjeta y el empleado que lo atendió le indicó que debía comunicarse telefónicamente a la casa central, sin embargo, casualmente ese mismo día el hombre recibió un llamado de una persona haciéndose pasar por un operador del banco quien le aseguró que lo ayudaría a desbloquear su tarjeta.

El actor creyendo que lo llamaban para solucionarle el problema siguió los pasos que le indicaron, que incluyó otorgar datos personales, descargar la cuenta de BN+ e ingresara a dos enlaces, pero luego perdió el contacto con el atacante, siendo alertado por su hija de que podía ser un engaño, lo que se confirmó al día siguiente cuando se presentó en la sucursal del banco.

 

El actor concurrió en varias oportunidades a la sucursal del banco para resolver el bloqueo de sus tarjetas y, sin haber obtenido una solución, con posterioridad recibió un llamado telefónico, que culminó en la ciber estafa debatida en autos, de una persona que oportunamente conocía el hecho de que el Sr. A. requería de asistencia por parte de empleados del banco”.

 

Ocurrió en el caso “A. O. A. c/ Banco de la Nación Argentina s/ Ley de Defensa del Consumidor”, donde el hombre acompañó la denuncia penal y obtuvo una medida cautelar que obligó a la firma a que se abstenga de efectuar descuentos por los préstamos cuestionados.

El juez de primera instancia admitió la demanda, y condenó al pago de $1.000.000 por daño moral y otros $300.000 por daño punitivo.

La entidad condenada, apeló el pronunciamiento en lo referente al daño punitivo, que consideró injustificado dado que no existía una inconducta grave de su parte, ni se beneficiaba económicamente del hecho, que por el contrario la afectaba en su prestigio.

El caso se elevó a la Sala II de la Cámara Federal de La Plata, donde los camaristas Jorge Eduardo Di Lorenzo y Cesar Álvarez optaron por confirmar la sentencia con costas a la vencida.

 “El actor concurrió en varias oportunidades a la sucursal del banco para resolver el bloqueo de sus tarjetas y, sin haber obtenido una solución, con posterioridad recibió un llamado telefónico, que culminó en la ciber estafa debatida en autos, de una persona que oportunamente conocía el hecho de que el Sr. A. requería de asistencia por parte de empleados del banco”, sintetizó la cámara.

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