Un gran número de adultos mayores en México cuenta con la posibilidad de gozar de la Pensión Bienestar, un beneficio que otorga la Secretaría de Bienestar del Gobierno con el objetivo de colaborar en el afrontamiento de los gastos.
Actualmente, lo pueden percibir mayores de 65 años de comunidades indígenas y mayores de 68 que vivan en cualquier otro territorio del país.
Se trata de un monto de dinero fijo que se entrega cada dos meses y se organiza en función de la letra del primer apellido de cada pensionado.
En este sentido, entre las preguntas más frecuentes trasciende no sólo cuándo es la fecha de cobro sino también qué es lo que sucede con la asignación en caso de que el titular fallezca.
¿Quiénes recibirán el pago de 4800 pesos antes del 28 de septiembre?
Los beneficiarios de la Pensión Bienestar que vieron acreditado el depósito de 4800 pesos correspondiente al bimestre septiembre-octubre incluyen a aquellos cuyos apellidos comienzan con letras desde la A hasta la Q.
Según el calendario de pagos, quienes deben cobrar a partir del próximo lunes 25 de septiembre son:
- Lunes 25 de septiembre: letra R
- Martes 26 de septiembre: letra S
- Miércoles 27 de septiembre: letras T y U
- Jueves 28 de septiembre: letras V, W, X, Y y Z.
¿Qué sucede si fallece el titular de la pensión?
En caso de que el beneficiario de la Pensión Bienestar muera, quien lo haya acompañado y figure como auxiliar designado podrá hacer retiro del dinero que se encuentre en la cuenta.
Para ello, el acompañante deberá presentar ante el Banco del Bienestar cercano a su domicilio una serie de documentos que acrediten su identidad y su carácter de auxiliar.
- Acta de defunción del beneficiario
- Identificación oficial del auxiliar
- Tarjeta de débito del beneficiario
Tras verificarse la información, podrá procederse al retiro de dinero que el pensionado haya acumulado en su cuenta hasta el momento de su fallecimiento. Esto siempre y cuando la afiliación al programa se haya mantenido vigente.
¿Se puede heredar la Pensión Bienestar?
A pesar de poder extraer el dinero que haya acumulado el titular de la Pensión Bienestar, el beneficio no es transferible a otro miembro de la familia.
En este sentido, una vez que el auxiliar del pensionado certifique el fallecimiento del jubilado con el acta de defunción, se inicia el proceso de baja y se cancela automáticamente la ayuda gubernamental.
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