Autónomos: ¿Cuánto pagarán en 2021?

El siguiente cuadro, compara anualmente el costo impositivo anual que debe soportar un asalariado vs un autónomo con el mismo ingreso.

Un autónomo que gana $124.500 neto mensual paga casi $260.000 anual más de impuesto a las ganancias que un asalariado que gana lo mismo.

Nuevamente, el gran olvidado del proyecto es el trabajador autónomo quien seguirá soportando el mismo costo impositivo.

El siguiente cuadro, compara anualmente el costo impositivo anual que debe soportar un asalariado vs un autónomo con el mismo ingreso.


Solteros / casados con 2 hijos

En los 3 primeros casos, para ingresos netos anuales de hasta $1.618.500, el costo impositivo que afronta un autónomo es excesivamente alto y desigual respecto a un asalariado con el mismo ingreso neto anual, llegando a ser de $259.411, para el tope de ingresos de la escala. Esto se debe a que los asalariados gozan de una exención del pago de ganancias para sueldos anuales netos de hasta $1.618.500, mientras que los autónomos deben abonar el impuesto correspondiente de forma completa.

En el caso de empleados que cobran $1.618.500, es decir un sueldo bruto de $150.000 mensual, no pagan impuesto a las ganancias. Mientras que autónomos con el mismo ingreso, deben afrontar un impuesto a las ganancias aprox. De $21.500 mensual.

Para los 3 casos siguientes, la diferencia es más baja que los casos anteriores, pero continúa siendo excesivamente alta. Esto se debe a que el autónomo tiene una deducción especial inferior a la que tienen los asalariados.

Cómo podemos observar la desigualdad que existe entre autónomos y asalariados con mismos ingresos es muy notoria, generando una inequidad entre contribuyentes con la misma capacidad contributiva.

A esto se le debe sumar, que el proyecto que ya tiene media sanciónen diputados permite que los asalariados puedan deducir del pago de ganancias los gastos de guardería y/o jardín materno infantil para niños/as de hasta 3 años, hasta un tope anual de $ 67.000 ($5.590 mensual), pero no así para los autónomos, quienes no podrán gozar de esta deducción, marcando otra clara e injustificada discriminación para con los trabajadores y trabajadoras independientes.

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