PLAN DE PAGO DE DEUDA PREVISIONAL. UNIDAD CANCELACIÓN APORTES PREVISIONALES.

Título: PLAN DE PAGO DE DEUDA PREVISIONAL. UNIDAD CANCELACIÓN APORTES PREVISIONALES.

Nombre: Sin información

Número: 17-01    Año: Sin información

Fecha de dictado: 03/07/2023    Fecha de publicación: 03/07/2023

Categoría: Acti

Organismo: ANSeS    Dependencia: Sin información

Sumario generado por IA

Sumario: La Ley N° 27.705, reglamentada por el Decreto N° 173/2023, crea la Unidad de Cancelación de Aportes Previsionales (UCAP), destinada a facilitar a personas menores de edad para acceder a la cobertura previsional mediante la adquisición de unidades de pago previsional (UCAP), que representan meses de servicios no acreditados en la historia laboral. La normativa establece que cada UCAP equivale al 29% de la base mínima imponible de la remuneración, ajustándose conforme a la ley de movilidad previsional. El procedimiento incluye la verificación de requisitos de edad, residencia, y la inexistencia de servicios en relación de dependencia o autónomos en los períodos a adquirir. La adquisición se realiza mediante generación de Volantes Electrónicos de Pago (VEP), que deben pagarse mediante débito en cuenta bancaria, con validez hasta el fin del mes de generación. La norma también regula el proceso de asesoramiento, documentación requerida, control de incompatibilidades, y la posibilidad de apoderados mediante poder especial, todo en el marco de un procedimiento automatizado y controlado por el sistema SICA y la plataforma MI ANSES. La adquisición de UCAP resulta incompatible con la percepción de prestaciones jubilatorias, garantizando la integridad del régimen previsional.

Escrito por: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Esta norma busca que personas que aún no cumplen la edad para jubilarse puedan completar sus años de trabajo y así acceder a una jubilación en el futuro. Lo hacen comprando 'unidades de pago' que equivalen a meses de trabajo no acreditados en su historia laboral. Es como si pudieran pagar por meses que no registraron en su trabajo para sumar esos años y cumplir con los requisitos para jubilarse. La compra se realiza pagando un monto que equivale al 29% de la mínima remuneración, ajustado con el tiempo. Para hacerlo, deben acudir a una oficina o hacerlo en línea, firmar una declaración jurada y pagar mediante débito en su cuenta bancaria. La norma también protege que no puedan recibir la jubilación y comprar estas unidades al mismo tiempo, para mantener la coherencia del sistema previsional. En la práctica, esto significa que si una persona quiere asegurarse de tener suficientes años de cotización, puede pagar para completar esos períodos y así facilitar su acceso a la jubilación en el futuro.

Escrito por: I.A.

Voces:

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