Título: MOVILIDAD PARA JUBILACIONES Y PENSIONES DOCENTES - MENSUAL MARZO-2023
Nombre: Sin información
Número: 07    Año: 2023
Fecha de dictado: 02/03/2023    Fecha de publicación: 02/03/2023
Categoría: Circular
Organismo: ANSeS    Dependencia: DP
Sumario generado por IA
Sumario: La circular establece la aplicación del índice de movilidad del 18,69% en marzo de 2023 para beneficios del Régimen Docente, detallando procedimientos específicos para su implementación en distintas categorías de beneficios previsionales docentes, incluyendo la actualización de conceptos de liquidación (006-022, 006-025, 006-030) y la compensación en beneficios con PBU, PC y PAP. Se excluyen beneficios de cajas, retiros policiales, pensiones de capitalización y pensiones coparticipadas con porcentajes que superan el 100%. Se proporcionan ejemplos prácticos de liquidación y ajuste de montos, con énfasis en la correcta incorporación del monto de la movilidad en los conceptos correspondientes, respetando los límites establecidos por la normativa vigente (Resolución ANSES N° 36/2023). La normativa también regula la exclusión de ciertos conceptos de pago y detalla procedimientos para beneficios sin conceptos de suplemento docente, asegurando la correcta aplicación de la movilidad en todos los casos previstos.
Escrito por: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Esta circular indica que en marzo de 2023, los beneficios docentes deben aumentar un 18,69% en sus haberes, siguiendo reglas específicas para diferentes tipos de beneficios. Por ejemplo, si tienes una jubilación o pensión docente, el aumento se refleja en ciertos conceptos de liquidación, como el Suplemento Docente. Si en tu liquidación anterior no tenías ese concepto, se crea uno nuevo para aplicar el aumento. Además, si recibes beneficios con componentes como PBU, PC o PAP, el incremento se ajusta en todos esos conceptos, pero con un control para que el monto de la PBU no supere un límite establecido (que es $26.836,76). En algunos casos, si el aumento no alcanza ese monto, se suma la diferencia al concepto de Suplemento Docente para que el total refleje correctamente la movilidad. La idea es que todos los beneficios docentes tengan un ajuste proporcional, pero sin sobrepasar los límites permitidos, asegurando que el aumento sea justo y uniforme para los beneficiarios.
Escrito por: I.A.
Voces: